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Se modificó la reglamentación de la Ley N° 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial de la República Argentina.

A través del decreto 196/2025, publicado en el Boletín Oficial el 18 de marzo de 2025, se actualizaron las normas para el uso de la vía pública y la circulación de personas, animales y vehículos terrestres. Estas reglas también afectan al transporte, los vehículos, las personas, las concesiones viales, la estructura vial y el medio ambiente cuando se relacionan con el tránsito. La jurisdicción de aplicación es federal.

Un ejemplo de los cambios es que la licencia nacional de conducir, tanto en formato digital como físico, tendrá la misma validez legal.

Además, la vigencia de la licencia nacional de conducir para personas mayores de 65 años será de 3 años para las clases A, B y G, y de 2 años para las clases C, D y E. Si tenés más de 70 años, deberás renovar tu licencia cada año constatando tu aptitud psicofísica.

En todas las rutas nacionales del país, los peajes deben ser sin barreras, para no obstaculizar el tránsito vehicular.

Para las motos, los indicadores de desgaste o la profundidad remanente de la banda de rodamiento deben ser de al menos 1 mm, y para ciclomotores de 0,5 mm.

Los cascos ahora deben cumplir con la certificación ECE R22-05 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa.

Para circular, necesitás licencia de conducir vigente según el vehículo, seguro obligatorio y cédula de identificación del automotor.

Si querés leer el texto completo del decreto 196/2025, podés hacerlo aquí.

Mundo Goldwing Argentina

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